Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana MARIA EULALIA MEJIA DE HIDALGO, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre unas Bienhechurias construidas sobre un lote de Terreno municipal con una área total de Trescientos Cincuenta y Seis con Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados (356,44 Mts2), consistente en una (1) casa de habitación familiar edificada con sus fundaciones y paredes de bloques de cemento y bahareque, piso de cemento, con dos (2) habitaciones, una (1) sala comedor, cocina, un (1) baño con sus accesorios, puerta de hierro, ventanas tipo macuto con sus protectores, cercada con paredes de bl.....