Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a los ciudadanos WILLIAM RAFAEL DAVID FERNÁNDEZ y MARIA RAMONA RIVERO SOTO, ya identificados, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre unas Bienhechurias construidas sobre un lote de Terreno municipal con una área total de Doscientos Treinta y Tres con Setenta y Nueve Metros Cuadrados (233,79 Mts2), consistente en una (1) casa de habitación familiar de paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, dos (2) habitaciones, una (1) cocina, una (1) sala, un (1) baño, un (1) porche, servicios de aguas blancas servidas, cercada perimetralmente con tela metálica; ubicada en el Barrio Guai.....