Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio interpuesta por la ciudadana MARIA DEL PILAR RODRIGUEZ BARRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-19.637.052, de este domicilio, asistida por el Abogado FRANKLIN RAFAEL PEREZ BECERRA, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.945.854 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 238.765, contra el ciudadano HENRRY ANTONIO MONTILLA CATIRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.103.670 domiciliado en Auto Frenos Los Andes Zambrano, avenida 44 con calle 28 y 29, sector Bella Vista 2 al lado de la casa del Chevrolet, detrás de Merllano, Acarigua, estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el artícul.....