III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal del Municipio Araure, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de
la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA.- En consecuencia, se da por terminada la presente causa signada bajo el N°. 3.498-04, interpuesta por la Abogada DINORAH JOSEFINA ROJAS, actuando en su carácter
de Tenedora Legitima de dos (02) letras de cambio endosadas en blanco por
la beneficiaria, ciudadana BRISCIA GUERRA GODOY, en contra del ciudadano
RAFAEL MONTILLA, ambas partes ya identificadas, por COBRO DE BOLIAVARES (INTIMACION); y una vez firme, SE ORDENA el archivo del Expediente y posteriormente su remisión a los Archivos Judiciales.
Publíquese, regístrese y déjese copia correspondiente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de .....