Con base a las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Juicio Nº 3, actuando en forma Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CULPABLE al ciudadano Pichardo Nelson David, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.646.175, fecha de nacimiento 05-05-1978 en Santa Ana Estado Trujillo, de estado civil casado, de profesión Caletero, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple Frustrado, previsto y sancionado en el artículo 405 del código Penal en concordancia con el articulo 80 segundo aparte del mismo Código, en perjuicio del ciudadano Anderson Enrique Porras Rojas, en consecuencia se le Se CONDENA a cumplir pena de OCHO (08) años de Presidio así como el cumplimiento de las penas accesorias, se exime del pago de costas procesales, pe.....