DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la DEMANDA DE PARTICION DE BIENES, interpuesta por el Abogado LUIS FERNANDO RIVERO BASTIDAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.897, quien actúa en su condición de Apoderado Judicial de los ciudadanos URBANO DEL CARMEN GARCIA ARAUJO, MARIA TEODICIA GARCIA ASUAJE, JUAN DE LA CRUZ GARCIA ARAUJO, y JOSE GERONIMO GARCIA ARAUJO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.302.597, V-9.154.142, V-9.156.491, y V-9.156.493 en su orden, en contra de los ciudadanos CECILIO GARCÍA ARAUJO, y JOSÉ SEBASTIAN GARCÍA ARAUJO.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y .....