DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos: PEDRO ANTONIO MONTAÑA Y ANA BELEN JAUREGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-3.103.930 y V-3.590.106, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha cuatro de febrero de mil novecientos ochenta y uno (04-02-1981), ante el Registro Civil del Municipio Alberto Arvelo Torrealba estado Barinas. Publíquese, regí.....