Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: FLORENTINA DEL CARMEN GARCIA MONTILLA y WILMER ANTONIO FERNANDEZ, titulares de la cédulas de identidad Nº 15.906.363 y 14.570.209 respectivamente, por ante este Despacho en fecha 01/07/2005 y 04-07-2005, sobre la GUARDA de la niña ANYELI FIORELA FERNANDEZ MONTILLA, de 10 años de edad, el cual consiste en que la madre continuará ejerciendo la guarda de la referida niña, y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.