este Tribunal, actuando de manera proporcional, justa y equitativa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente:
1) Se ordena la retención del 30 % de las prestaciones sociales que le puedan corresponder al ciudadano ANTONIO JOSE BALZA COLMENARES, por el trabajo por el desempeñado en la empresa GEOSERVICE C.A. ubicada en Tinajitas, Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, todo ello para garantizar el cumplimiento de la obligación de Manutención de sus tres hijos; En consecuencia, la precitada empresa deberá retener este porcentaje de las prestaciones sociales, una vez finalizado el contrato con el referido trabajador y le vayan a ser canceladas , una ves retenidas, deberán ser enviadas a este Tribunal mediante cheque a nombre de la ciudadana INGRIS DEL VALLE VENTA, titular de la cédula de identidad numero 18.290.963, madre legitima de los referidos niños.
2) Librese oficio a la empresa GEOSERVICE C.A, .....