Por los fundamentos expresados éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se declara con lugar el pedimento del ministerio Publico declarando legitimo detención de Flagrancia conforme al artículo 93, de la ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres auan vida Libre de Violencia
Segundo: Se acoge a la imputación delictiva realizada por el ministerio Publico contra de los Ciudadanos HERNAN JOSE HERNANDEZ y JOPSE RAFAEL HERNANDEZ FERNANDEZ por el delito de Amenaza y Violencia Física, previsto y sancionado en los artículos 41 y 42 de la ley especial en perjuicio de las ciudadanas NILCIA MARIARODRIGUEZ y ANA MARIA DORANTE HIDALGO.
Tercero: Se declara con lugar las medidas de presentación cada treinta días y las medidas protección , establecida en e.....