PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana MARIELA YANEZ, Abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el IPSA bajo el N° 26.835, actuando en su carácter de endosataria en procuración de la ciudadana NORELSI ESPERANZA BONILLA MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.783.343 y de este domicilio, en contra de la ciudadana MARIA DE LOURDES ASUAJE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.567.209 y de este domicilio, por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION). En consecuencia, se condena a la parte demandada, anteriormente identificada, a pagar a la parte actora, la suma de la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00) valor total de la letra producida.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, ciudadana: MARIA DE LOURDES ASUAJE, anteriormente identificada, a pagar a la parte actora, los intereses vencidos de mora, estimados al cinco por ciento (5%) anual, calculados a partir del día s.....