DECISIÓN
En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, en consecuencia, una vez revisada la pretensión del actor, se encuentra que no es contraria a derecho, a las buenas costumbres, por lo que se declara CON LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano MICHAEL ALBERTO PEREIRA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.885.517 contra la entidad de trabajo Entidad de trabajo UN CAFÉ Y UN ESTILO C.A., en la persona de la ciudadana MARLENE MARY BARLAAM MARCONY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.653.614 en su condición de Representante Legal.
SEGUNDO: Se orde.....