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DISPOSITIVA.
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales de actuaciones extrajudiciales, intentada por la Abogada YSABEL CRISTINA PEÑA LINAREZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 233.809 y de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano NELSON JOSE PEÑA COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nos. V-3.089.101, de este domicilio. SEGUNDO: Se condena al demandado a pagar la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDÓS MIL BOLIAVRES (4.322.000,00 Bs). TERCERO: Para la actualización de dicha cantidad se ordena una vez quede definitivamente firme el presente fallo, el.....