Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR, los recursos de apelación interpuestos por el apoderado judicial de las victimas abogado MAC DOUGLAS GARCÍA SALAZAR y por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, abogado JOSÉ DE JESÚS TORRES LEAL, contra la decisión dictada en fecha 30 de marzo de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N°.1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, con sede en Guanare, mediante la cual absolvió al imputado CARLOS ROSALINO CHINCHILLA VALERA, de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS GRAVES, en perjuicio de: ANTONIO JOSÉ SALAZAR CORDERO, (Occiso), CARMEN ELENA COLMENÁREZ, (Occisa) YANNELYS TAIMAR COLMENÁREZ.