DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL N° 1, SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, consistente en la desestimación de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el aparte infine del articulo 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS MENOS GRAVES, en perjuicio del ciudadano AMALQUIO JOSÈ OSORIO PLAZA LINARES. Se ordena notificar a las partes de la presente decisión.
En la ciudad de Guanare, a los cinco (05) días del mes de Octubre del año Dos Mil Nueve.
La Jueza de Control Nº 1,
ABG. Julet Coromoto Valera Castillo
La Secretaria,
ABG. Argelia Guedez