En consecuencia este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1, SECCION ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO. Admite la Acusación presentada por el Ministerio Público, de igual manera los medios de pruebas promovidos por ésta, así como la calificación Jurídica dada como ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 458 con relación al articulo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio del Adolescente YOGENY DAVID COLMENAREZ MONTILLA. SEGUNDO.- Dado la voluntad del adolescente de querer acogerse al procedimiento por admisión de los hechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el Tribunal Sanciona al Adolescente Josue David Ortiz Morales, identificado UT SUPRA, a cumplir la Sanción de Reglas de C.....