DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
UNICO: Con lugar, la solicitud planteada por la Fiscalía Quinta Auxiliar del Ministerio Público, representada en este acto por la Abogado María Alejandra Fernández, en consecuencia se otorga una prórroga de cuarenta (40) días continuos, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, a los efectos de que presente el acto conclusivo a que haya lugar en el presente asunto, prórroga que vence en fecha 23-05-2012, por haberse computado desde el día en que venció el plazo prudencial inicialmente acordado para que culminara su investigación y que consta en auto de .....