DISPOSITIVA
Como resultado de la audiencia preliminar celebrada, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, resolvió:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación interpuesta por el representante de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, Abogado José Ramón Salas, por cumplir con los requisitos previstos en el articulo 570 de la LOPNNA, en contra de los adolescentes (Identidad omitida por razones de ley), por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas en la modalidad de ocultamiento para su distribución en grado de coautoría, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en relación al artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de la colectividad.
SEGUNDO: Se admiten total.....