DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley declaró:
PRIMERO: decreta el Sobreseimiento Definitivo, solicitado por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, representada en este acto por la Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, Abogado María Alejandra Fernández Camacho, en la causa seguida al adolescente (Se omite en conformidad con el parágrafo segundo del artículo 65 y artículo 545 de la LOPNNA), por cuanto el delito de amenaza, no puede ser atribuírsele y con respecto al porte ilícito de armas de fuego, éste no es típico, toda vez que el objeto incautado a (omitido), se trataba de un facsímil con apariencia de arma de fuego y dicha conducta no .....