DISPOSITIVA:
Por los razonamientos expuestos y de conformidad con el artículo 603 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Juicio Sección Adolescente, con sede en la ciudad de Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara Responsable penalmente al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6 ordinales 1, 2, 3 y 10 ambos de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y por el delito de lesiones intencionales leves en grado de cooperación con relación al artículo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos en perju.....