DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resolvió:
Primero: Con lugar la solicitud planteada por parte de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, representada por la Abogado Rebeca Pacheco Arias, en consecuencia revoca las sanciones de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, previstas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que le fueren impuestas en fecha 21-07-2014, a los adolescentes (omitidos), sancionados por la comisión de los delitos de Robo Agravado en grado de coautoría, previsto en el artículo 458 en relación al 83 del Código Penal y Robo Agravado de vehículo en grado de coautoría, previsto en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, .....