Vista la conciliación celebrada entre las partes en fecha 07 de junio del año 2006, ciudadanos MARLENY DEL CARMEN BUSTOS ERAZO y AGOSTINHO SIDONIO FERNÁNDEZ DA SILVA, titulares de la Cédulas de Identidad Nos. V-10.715.639 y E-81.649.958, la primera asistida por el Defensor Público Cuarto para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente abogado Edgar José Moya Millán y el segundo representado por su apoderado judicial abogado José Gregorio Hernández Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 27.057, sobre la REVISIÓN OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, del ciudadano AGOSTINHO SIDONIO FERNÁNDEZ DA SILVA, en beneficio de sus hijos *********************************, la cual ha sido revisada a la cantidad de Bs. 500.000,00 mensuales, cancelando Bs. 250.000,00 quincenales, el doble de la cantidad establecida en los meses de agosto y diciembre de cada año, por concepto de gastos de uniformes y útiles escolares, vestuario y calzado. Se obliga a cancelar la cantidad de Bs. 700.000,00, por c.....