Visto el acuerdo celebrado entre los ciudadanos CELIER JOSE MOYETONES RIVAS y CARMEN VALERIA MANZANO POLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.406.934 y 15.139.544, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre la Revisión de la Obligación Alimentaría por parte del ciudadano CELIER JOSE MOYETONES RIVAS, en beneficio de sus hijos JOSE ANTONIO MOYETONES MANZANO, JOSE ANGEL MOYETONES MANZANO, CELIANA CAROLINA MOYETONES MANZANO, CERIELY KATIUSKA MOYETONES MANZANO, CELIANNY KARELYS MOYETONES MANZANO y MARCELY VALERIA MOYETONES MANZANO, de doce (12), once (11), diez (10), ocho (08), seis (06) y cinco (05) años de edad respectivamente, la cual quedo fijada de la siguiente manera: DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,oo) mensuales y en el mes de Diciembre UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo) para cancelar los gastos de vestuario y calzados; así mismo esta obligado a comprarles en el mes de Septiembre los uniformes, útiles escolar.....