Vista la manifestación de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos AMILCAR GONZÁLEZ SIMON y JESENIA DE LOS ANGELES PUMAR SANTA CRUZ, titulares de las cedulas de identidad Nº 13.519.355 y 14.205.335 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio OKARINA MERCEDES COLMENARES TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.856. Se declara dicha separación en los mismos términos La custodia de los niños ... de 04 y 01 años de edad quedara a cargo de la madre y la patria potestad y responsabilidad de crianza será ejercida por ambos progenitores, el padre se compromete a suministrarle una Obligación de Manutención de Bs. 600,00 mensuales y la cantidad de Bs. 1.200,00 en los meses de Septiembre y Diciembre al igual que los gastos de Vestido, educación, cultura, asistencia medica, medicinas recreación y deportes, la cual se cancelara por medio de cuenta de ahorro de Banfoandes que será abierta para tales efectos, los gastos extraordinarios tales como m.....