este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Estado Portuguesa de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SU INCOMPETENCIA para conocer del presente juicio de QUERELLA FUNCIONARIAL DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES la cual fue presentada por ante este Juzgado por el ciudadano , OSCAR MAHIN MEJIAS , en contra de INDEPORT ; de conformidad con el Artículo 97 de la Ley Orgánica del Estatuto de la Función Pública y en consecuencia, se acuerda la remisión del presente Expediente con oficio al Juzgado Distribuidor Competente en materia Contenciosa Funcionarial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de la Región Centro occidental con sede en la Ciudad de Barquisimeto Asi se decide.
El Juez
Abg.Rafael-Gainze
La-Secretaria
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