DISPOSITIVA:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por el ciudadano JOSÉ RAIMUNDO GÓMEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.068.178, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil REPRESENTACIONES E INVERSIONES GÓMEZ, C.A. (REINGOCA), debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero del estado Portuguesa, bajo el Nº 11, Tomo 10-A, Expediente Nº 008638, en fecha 30 de septiembre de 2004, contra la Sociedad Mercantil CONCRETERA LOS LLANOS, C.A., inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicia.....