En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente demanda por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por la ciudadana TERÁN LOURDES YANIRA, contra los ciudadanos MEJÍA BRICEÑO MARÍA EVANGELISTA, TERÁN MEJÍA FLOR DE MARÍA, TERÁN MEJÍA MARCELIA COROMOTO, TERÁN MEJÍA NANCY RAMONA, SULBARAN GREGORIA RAMONA, LOZADA JUAN GREGORIO, LOZADA YULEIMA Y LOZADA LEIDY MARGARITA, de conformidad a lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.-
Notifíquese a la parte actora.-