Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La ADOPCION PLENA, propuesta por los adoptantes ciudadanos JOSÉ GUSTAVO MONTILLA y CARMEN CIRA TOTUA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-7.814.151 y V-8.055.077 respectivamente, domiciliados en el Sector Barrio Obrero, final de la calle Monseñor Unda, salida hacia Guanare, casa Nº 24, Municipio Sucre estado Portuguesa, respecto al adoptado JUAN LUIS GONZÁLEZ ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-31.411.895, del mismo domicilio, quien en lo sucesivo mantendrá sus dos nombres de pila JUAN LUIS y tendrá los siguientes apellidos MONTILLA TOTUA. En consecuencia, dicha ciudadano gozará de todos.....