En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA, incoada por la EMPRESA "CAYCA S.A." contra el ciudadano RAFAEL ÁNGEL GARCÉS LUCENA y la SOCIEDAD MERCANTIL AGARCA C.A., de conformidad a lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.