Oído los acuerdos y concesiones conciliados por las partes con la intervención del Juez, y plasmado los mismos en esta acta, resultando en consecuencia que la mediación sea positiva; este Tribunal procede a sentenciar en forma oral dando por terminado el proceso de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, razón por la cual, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento y de la acción contra la empresa demandada con respecto a los codemandantes Lauterio Antonio Linarez, Angel Guillermo Linarez, Jose Marcial Soto, Eduardo José Linarez, y Mendoza Mendoza Oswaldo Santanam, así como la presente MEDIACIÓN y le da el carácter de cosa juzgada. Se ordena la expedición de las copias certificadas solicitadas por las partes, así como los medios probatorios consignados al in.....