D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas por la ciudadana AMALIA ROSA GARCIA COLMENARES, plenamente identificada en autos, para asegurarle a los ciudadanos MARGARITA DEL CARMEN COLMENARES, LUIS ALBERTO DURAN COLMENARES, ARBELIS COROMOTO DURAN COLMENARES, ut-supra identificados y al adolescente Identificación omitida por Disposición de la Ley de trece (13) años de edad, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARIA YRMA COLMENARES, quien falleció ab-intestato en fecha 18 de febrero de 2.013, en Boconoit.....