DECLARA: de conformidad con lo establecido en los Artículos 517 y 177 Parágrafo Segundo literal "j" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana MARILYN KEYLA GONZÁLEZ MATERÁN, ut-supra identificada y la niña (identificación omitida por disposición de la Ley) , de tres (03) años de edad, el derecho de propiedad y posesión sobre unas bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno municipal, que mide CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (161,00 mts2), ubicada en el Barrio Libertador, calle 03, de la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa y enmarcada bajo los siguientes linderos: NORTE: calle 03 con (7.00ml); SUR: solar y casa de María Mendoza con (7.00Ml), ESTE: solar y casa de Víctor Castellanos con (23.00ml) y OESTE: Solar y Casa de Sandra Paz con (23,00ml); Dichas bienhechurías consisten en un rancho construido con zinc y tablas para futura construcción de casa de bloques,.....