Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA dictar la Medida Provisional de Colocación en Entidad de Atención contenida en el artículo 397-C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo establecido en el artículo 466, parágrafo primero literal "e" de la misma ley, en beneficio de los niños Identificación omitida por Disposición de la Ley, de ocho (08), de seis (06) y de cuatro (04) años de edad respectivamente, a ejecutarse en el hogar de los ciudadanos: JULIANA FERNÁNDEZ MÁRQUEZ, JORGE LUIS CANELONES FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ CANELONES FERNÁNDEZ, CLARIBEL JOSEFINA MEJÍAS GUARATE, venezo.....