Ahora bien, de la revisión efectuada a las actas que conforman el presente asunto, así como de la revisión del Sistema Juris 2000, con el que se trabajan todos los asunto se pudo constatar, que existe el expediente signado con el Nº PP01-V-2015-000404, por motivo de ADOPCIÓN, correspondiente al beneficiario de autos, del cual se deprende que en fecha 25 de julio de 2017, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de éste Circuito decretó la ADOPCION intentada por los solicitantes, ciudadanos LUIS SAUL FERNANDEZ GUDIÑO y ALICIA RODRIGUEZ DE FERNANDEZ, a favor del adolescente IDENTIFICACIÓN OMITIDA POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNNA EN SU ARTICULO 65. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 131 de .....