a) Ambos solicitantes están conformes que el ejercicio de la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida por ambos progenitores.
b) En cuanto al ejercicio de la Custodia de su hija Identificación omitida por disposición de la Ley, de 03 años de edad, la ejercerá la madre, ciudadana KELIMAR DEVIA CASTILLO.
c) En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el padre tendrá acceso a la residencia de su hija y comunicación directa y por medios tecnológicos, no obstante dichas visitas serán supervisadas, por la madre y/u otros familiares que convivan con la niña, en un horario comprendido de lunes a viernes de 03:00 p.m., a 06:00 p.m., en virtud de que la niña está en una Guardería Privada denominada Centro de Recreación y Enseñanza Dirigida Los Consentidos C.A., RIF: J-31221215-2, ubicado en la calle 20, entre carreras 12 y 13 casa Nº 12-37 del Barrio Cementerio, en un horario comprendido desde las 07:40 a.m., hasta las 02:00 p.m., así como también podrá visitarla los .....