SE ADMITE, por cuanto la misma no es contraria al orden público, la moral o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, vista el acta de convenimiento, presentada por los solicitantes, los cuales han convenido de mutuo acuerdo establecer en beneficio de su hijo que lleva por nombres y apellidos (identificación omitida por disposición de la Ley) , de cinco (05) meses de nacido, quedando establecido de la siguiente manera: PRIMERO: El ciudadano JHONATAN JIMENEZ RANGEL, podrá visitar a sus hijos los días domingos cada quince (15) días, quedando establecido que un domingo el horario será de 03:00 p.m., a 05:00 p.m., y el otro domingo será de 09:00 a.m., a 12:00 m. Así mismo, se aclara que los días de visita correspondientes al horario de la mañana, el ciudadano JHONATAN JIMENEZ RANGEL buscará a su hijo a casa de YELINNE ELIZABETH VALENZUELA ALEJO para llevarlo de paseo a casa de su familia y actividades religiosas, en caso de darse otro tipo de actividades recreativas las part.....