D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuesto y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para AUTORIZAR a la ciudadana WUILMERLIS CAROLINA CANELONES MONTILLA, identificada anteriormente, para que gestione el Cobro de Dinero relacionado a prestaciones sociales, pasivos laborales, caja de ahorros, montepío, fideicomiso, pensión de sobreviviente, política de ahorro habitacional, y cualquier otro beneficio, por ante el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), en beneficio de su hija, la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de nueve (09) años de edad, po.....