Se DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por la ciudadana YAJAIRA DEL VALLE HENRIQUEZ BLANCO en nombre de la niña ( identidad omitida en cumplimiento del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes), contra el ciudadano JOSE REINALDO PACHECO MORENO se fija la suma de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00) mensuales y en los meses de septiembre y diciembre la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) para los gastos de uniformes, útiles escolares, vestuarios y calzados. El dinero por estos conceptos deberán ser entregados por mensualidades adelantadas, directamente a la madre ciudadana YAJAIRA DEL VALLE HENRIQUEZ BLANCO, previo recibo firmados, así como también se obliga al padre a cancelar el 50% del valor de los honorarios médicos, las medicinas y exámenes médicos que amerite su referida hija.