DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Revisión Obligación de manutención formulada por la ciudadana MAIROVI DEL CARMEN GRATEROL ROJAS en nombre de la adolescente ............................., contra el ciudadano LUIS ENRIQUE GUEDEZ TORRES, se fija la suma de Trescientos BOLÍVARES (Bs. 300,00) mensuales, y en los meses de septiembre y diciembre la cantidad de Seiscientos BOLIVARES (Bs. 600,00), para cancelar partes de los gastos por conceptos de uniforme, útiles escolares, vestuarios y calzados, el dinero por estos conceptos deberá ser entregado por mensualidades adelantadas, directamente a la ciudadana MAIROVI DEL CARMEN GRATEROL ROJAS, previo recibo firmados.
Registrase y .....