DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por la Abg. PATRICIA ZARZALEJO, en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Publico, actuando en el interés del niño ............................., contra el ciudadano JULIO CESAR BRICEÑO MATERAN, se fija la suma de trescientos cincuenta BOLÍVARES (Bs. 350,00) mensuales y en el mes diciembre la cantidad de setecientos BOLIVARES (Bs. 700,00), para cancelar parte de los gastos por concepto de vestuarios y calzado, además cancelara 200 bolívares por concepto de bono de juguete, los cuales percibe el demandado por su trabajo, en el mes de julio la cantidad de 600 bolivares como consecuencia de parte del bono.....