DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los bienes dejados por el causante PEDRO SEGUNDO ARIZA JIMÉNEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad al momento de su fallecimiento, titular de la cédula de identidad N° 4.195.208; a su viuda, la ciudadana CARMEN SIMANCA de ARIZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.138.748, y a sus hijos, los ciudadanos: LEONARDO RAFAEL ARIZA SIMANCA, MARITZA DEL CARMEN ARIZA ARANGUREN, MARISELA DEL CARMEN ARIZA ARANGUREN, NORELIS MARGARITA ARIZA ARANGUREN, MARIA ISABEL ARIZA ARANGUREN, PEDRO MANUEL ARIZA, ISAIAS ENRI.....