D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y de derecho éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO CON COMPETENCIA EN RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por la ciudadana NORMA COROMOTO ZERPA HIDALGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.617.239, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO MARTINEZ CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.089.491, en beneficio de las niñas SE OMITEN, (gemelos) de diez (10) años de edad y el adolescente SE OMITE, de trece (13) años de edad.
En consecuencia, se fija la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs.1.000) MENSUALES por concepto de Obligación de Man.....