DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los cónyuges JOSÉ GREGORIO ARAUJO PACHECO y MARÍA ELENA PACHECO, plenamente identificados en autos, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y 177 Parágrafo Segundo literal "g" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los cónyuges JOSÉ GREGORIO ARAUJO PACHECO y MARÍA ELENA PACHECO, plenamente identificados en autos, por ante la Prefectura Civil del Municipio Papelón del estado Portuguesa, según consta de Acta de Matrimonio N° 18, folios 29 vlto, 30 fte y vlto, de conformidad con lo dispuesto .....