ACUERDO: .................................
PRIMERO: El padre YILMER JOSÉ QUINTERO MANZANILLA, conviene en aumentar la obligación de manutención previamente establecida de 600,Bs. mensuales a OCHOCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 800,oo), a razón de doscientos bolívares (Bs. 200,oo) semanales.
SEGUNDO: En el mes de agosto, el padre conviene en aportar la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES, (Bs. 2.500,oo), a razón de seiscientos veinticinco bolívares (Bs.625,oo) semanales, para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares que sus hijos requieran.
TERCERO: En el mes de diciembre el padre conviene en aportar la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS MIL BOLÍVARES, (Bs. 2.500,oo); a razón de seiscientos veinticinco bolívares (Bs.625,oo) semanales, a los fines de cubrir gastos de ropa, calzado y presente navideño para sus hijos.
CUARTO: Ambas partes convienen en asumir en un cincuenta por ciento (50%) cada uno, los gastos extraordinarios por concepto de consultas médicas, medicinas.....