Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y con competencia en materia de Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Revoca Parcialmente la medida temporal de colocación en la entidad de Atención "Hogar Bondadoso Viña del Señor", acordada por este Tribunal en fecha 19 de septiembre de 2011; solo en lo que respecta al adolescente *******, titular de la cédula de identidad N° 27.350.385, de catorce (14) años de edad y ACUERDA SU EGRESO de la Entidad de Atención "Hogar Bondadoso Viña del Señor" y su consecuente TRASLADO E INGRESO a la Casa Abrigo "Refugio de los Adolescentes", en estricto cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 53, 55, 58 y 59 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con .....