IV
DISPOSITIVO
Por las motivaciones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: COMPETENTE, este Tribunal Superior para conocer de la presente Regulación de Competencia solicitada por el ABOGADO JULIO CESAR QUEVEDO BARRIOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 134.075, apoderado judicial de la ciudadana YALENYS JOSEFINA GONZÁLEZ MORALES y Identificación Omitida por Disposición de la Ley , venezolanos, la primera mayor de edad, el segundo adolescentes de trece (13) años de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.261.619 y V-29.556.494, respectivamente. Y Así se Determina.
Segundo: IMPROCEDENTE, la presente Regulación de Competencia solicitada por el ABOGADO JULIO CÉSAR Q.....