este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARAR HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN, hecha por los ciudadanos, MARÍA DE LOS ÁNGELES BASTIDAS DE ESCALONA, GLADIS MARÍA ESCALONA BASTIDAS, RAFAEL JOSÉ ESCALONA BASTIDAS, MÁXIMO ANTONIO ESCALONA BASTIDAS, RAMONA DEL CARMEN ESCALONA DE IRIBARREN y MARÍA DE LOS ÁNGELES ASUAJE ESCALONA, quien actúa en representación de su progenitora: DIGNA ROSA ESCALONA BASTIDAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad números 2.726.962, 5.129.414, 3.836.390, 5.129.415, 3.836.389, 15.171.228 y 4.370.373, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio Carolina Brito Cárdenas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 163.490 y los ciudadanos: BENJAMIN.....