Por los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación, de fecha 19-07-2017, interpuesto por el profesional del derecho ciudadano GONZALO MARINO DÍAZ ESCALONA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante – apelante sociedad de comercio "AGROPECUARIA MIS VIEJOS J.E., C.A.", anteriormente identificados; contra el auto decisorio de fecha 18-07-2017, dictado por el Tribunal A quo, que admitió el llamamiento de terceros en la presente causa.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 18-07-2017, dictado en Primera instancia, en el cual llamó a los terceros ciudadanos OLGA MARIANA TORREALBA DURAN, MARÍA FELICITA TORREALBA DURAN, SORAIDA DEL CARMEN TORREALBA DUR.....