Por los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación, de fecha 06-05-2014, interpuesto por la profesional del derecho ciudadana AURA MERCEDES PIERUZZINI RIVERO, en su condición de apoderada judicial de la tercera opositora compañía "PROCESOS AGROINDUSTRIALES EL GUSTAZO, C.A.", anteriormente identificadas; contra la negativa de oposición a las medidas típicas y atípicas decretadas y ejecutadas, formulada por la referida tercera opositora, las cuales fueron proferidas por el Tribunal de Primera Instancia, con sede en la ciudad de Acarigua en esa oportunidad, en fecha 05-05-2014, fecha en la cual se ejecutaron las medidas típicas y atípicas, decretadas el 28-04-2014.....