Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por la ciudadana: GECDALIA YAMILEX GARCÍAS VILLEGAS venezolanas, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.138.760; con citación de su cónyuge ALFONSO JOSÉ QUEVEDO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.264.786, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaración, bajo la premisa del Artículo 184, en concatenación con el contenido de la sentencia signada con el número 693, dictada en el Expediente número 12-1163, de fecha 02/06/2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justi.....